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Información consular de la Embajada en Buenos Aires

El departamento consular de la misión diplomática o la oficina consular ofrece protección y asistencia a los ciudadanos de la República de Eslovenia y proporciona ciertos servicios a los ciudadanos extranjeros. Aquí puede encontrar información básica sobre los servicios para los ciudadanos de la República de Eslovenia (en adelante: ciudadano).

Tasas consulares

Las tasas consulares se pueden pagar en efectivo o vía transferencia bancaria. El pago se puede hacer en EUR o ARS.

Pasaporte

Solicitud

El ciudadano esloveno puede presentar una solicitud para la obtención de su pasaporte en una misión diplomática u oficina consular. La solicitud se debe entregar en persona. En el caso de los menores de edad, la solicitud debe presentarla su repesentante legal quien deberá asistir a la oficina consular junto con el menor. Se informa a los padres de niños menores de edad que para la emisión de los documentos (o el cambio del domicilio) se requiere el consentimiento de ambos padres.

La solicitud debe presentarse junto con:

  • el pasaporte antiguo y/u otro documento. Si es la primera vez que tramita su pasaporte esloveno, debe presentar un comprobante de su ciudadanía (ej. partida de nacimiento eslovena o constancia de ciudadania);
  • dos fotografías biométricas del tamaño prescrito, que muestren una imagen real y cumplan con las especificaciones del Ministerio del Interior (en esloveno).

En Buenos Aires puede obtener las fotos cerca de la Embajada en el kiosco ubicado en C. Pellegrini 1119 (esq. Santa Fe).

Emisión y validez

Validez del pasaporte y tasa consular:

  • 10 años para adultos a partir de 18 años - 115 EUR,
  • 5 años para menores de 3 a 18 años - 76 EUR,
  • 3 años para menores de hasta 3 años - 57 EUR,
  • 1 año - 47 EUR.

El pasaporte se entrega personalmente al solicitante o su reprentante legal.

Entrega para destrucción

El pasaporte deberá ser entregado a la autoridad competente para su destrucción en un plazo máximo de 30 días si el ciudadano:

  • cambia cualquier dato personal ingresado en la página biográfica del pasaporte,
  • cambia el domicilio permanente, pero ya no es posible inscribir un nuevo domicilio en el pasaporte,
  • la fotografía ya no muestra su verdadera imagen,
  • el pasaporte está dañado o gastado o por cualquier otro motivo ya no se puede utilizar,
  • cesa su ciudadanía eslovena.

Inscripción del cambio de domicilio

Si el ciudadano cambia su domicilio, deberá presentar su pasaporte a la autoridad competente dentro de los 30 días subsiguientes. A la solicitud de inscripción del cambio de domicilio debe adjuntar el pasaporte válido que aún tiene espacio para inscripción del nuevo domicilio y el comprobante del cambio del domicilio en el registro de residencia.

La inscripción del cambio de domicilio es gratuita.

Cédula de identidad

Solicitud

El ciudadano esloveno puede presentar una solicitud para la obtención de su cédula de identidad en una misión diplomática u oficina consular. La solicitud se debe entregar en persona. En el caso de los menores de edad, la solicitud debe presentarla su repesentante legal quien deberá asistir a la oficina consular junto con el menor. Se informa a los padres de niños menores de edad que para la emisión de los documentos (o el cambio del domicilio) se requiere el consentimiento de ambos padres.

La solicitud se presenta junto con:

  • la cédula de identidad antigua y/u otro documento. Si es la primera vez que tramita su cédula de identidad eslovena, debe presentar un comprobante de su ciudadanía (ej. partida de nacimiento eslovena o constancia de ciudadania);
  • dos fotografías biométricas del tamaño prescrito, que muestren una imagen real y cumplan con las especificaciones del Ministerio del Interior (en esloveno).

En Buenos Aires puede obtener las fotos cerca de la Embajada en el kiosco ubicado en C. Pellegrini 1119 (esq. Santa Fe).

Emisión y validez

Validez de la cédula de identidad y tasa consular:

  • 10 años para adultos entre 18 y 70 años - 76 EUR,
  • 5 años para menores de 3 a 18 años - 60 EUR,
  • 3 años para menores de hasta 3 años - 44 EUR,
  • Sin vencimiento para personas mayores de 70 años - 76 EUR.

La cédula de identidad se entrega personalmente al solicitante o su representante legal.

Entrega para destrucción

La cédula de identidad deberá ser entregada a la autoridad competente para su destrucción en un plazo máximo de 30 días si el ciudadano:

  • cambia cualquier dato personal ingresado en la página biográfica del pasaporte,
  • cambia el domicilio permanente,
  • la fotografía ya no muestra su verdadera imagen,
  • el pasaporte está dañado o gastado o por cualquier otro motivo ya no se puede utilizar,
  • cesa su ciudadanía eslovena.

Desaparición, pérdida o robo del documento de identidad

Desaparición, pérdida o robo del documento

El ciudadano está obligado a denunciar de inmediato la desaparición, pérdida o robo (en adelante »pérdida«) del pasaporte o la cédula de identidad en el extranjero a las autoridades competentes de la República de Eslovenia o a la misión diplomática u oficina consular.

Procedimiento en la misión diplomática u oficina consular

El ciudadano debe primero denunciar la pérdida ante la policía u otra autoridad competente para obtener un certificado de denuncia. Dicho certificado se entregará en la misión diplomática u oficina consular, donde el ciudadano declarará respecto al documento faltante. Al hacerlo, es necesario proporcionar información veraz sobre las circunstancias de la pérdida, desaparición o robo, ya que el ciudadano será penal y materialmente responsable si brindase una declaración falsa. Sobre esta base, la misión diplomática u oficina consular revocará la validez del documento perdido, robado o desaparecido.

Informar la desaparición, pérdida o robo de un documento es gratuito.

Notificación a través de eUprava

Un ciudadano con un certificado calificado digital válido también puede informar sobre la falta de un documento a través del portal electrónico del Gobierno de la República de Eslovenia (eUprava).

Denuncia de la desaparición, pérdida o robo del pasaporte o la cédula de identidad

Después de la denuncia

La misión diplomática u oficina consular puede emitir un pasaporte de retorno válido por hasta 30 días o por el tiempo requerido para regresar al país donde el ciudadano tiene registrada su residencia permanente o temporal.

El pasaporte de regreso es un documento temporal y está destinado unicamente para regresar al lugar de residencia. No podrá ser utilizado para visitar otros países en su viaje. Asimismo debe consultar sobre las visas que deberá obtener para dicho documento por parte de las autoridades competentes del país donde se encuentra y / o los países por los que viajará.

Proceso

Para obtener un pasaporte de regreso, debe:

  • presentar el documento original de la denuncia de la desaparición, pérdida o robo,
  • presentar una foto,
  • pagar la tasa consular de 19,00 EUR

Domicilio

Toda la información sobre el registro de un domicilio permanente o temporal en el extranjero, la emisión de certificados de residencia, y la modificación de documentos de identificación debido al cambio del domicilio de residencia permanente, se puede encontrar en el apartado: Residencia (en esloveno).

El registro del domicilio permanente o temporal en el extranjero es gratuito.

Un ciudadano que posea un certificado digital válido también puede registrar su domicilio permanente o temporal en el extranjero a través del portal digital del Gobierno de la República de Eslovenia - eUprava (en esloveno).

Estatus de no-residente fiscal

Toda la información relacionada a la regulación del estatus de un no-residente fiscal está disponible en el sitio web de la Administración Financiera de la República de Eslovenia (en esloveno).

Otros trámites consulares (registro de nacimiento, matrimonio/unión civil, fallecimiento)

En la misión diplomática u oficina consular los ciudadanos pueden solicitar la emisión de partidas de nacimientos, matrimonio y fallecimiento, asi como también presentar solicitudes de registro de los llamados »actos/hechos civiles« (nacimiento, matrimonio/unión civil, fallecimiento).

En la misión diplomática u oficina cosular se puede pedir la emisión de:

  • partida de nacimiento (tasa cosular: 26 EUR);
  • partida de matrimonio (tasa consular: 26 EUR);
  • partida de unón civil del mismo sexo (tasa consular: 26 EUR);
  • partida de fallecimiento (tasa consular: 26 EUR);
  • certificado de ciudadania (tasa consular 26 EUR);
  • certificado de estado civil soltero (tasa consular: 26 EUR);
  • certificado de inexistencia de impedimenos legales para la celebración del matrimonio/unión civil en el extranjero (tasa consular: 38 EUR);
  • certificado de existencia  (esta certificación es gratuita para los ciudadanos eslovenos. La tasa consular para los extranjeros asciende a 13 EUR);
  • primer cambio de nombre con resolución (tasa consular: 55 EUR).

Ciudadanía

La información sobre adquisición, cese y renuncia está disponible en el apartado: Ciudadanía (en esloveno).

En las misiones diplomáticas y consulares, se pueden presentar las solicitudes para la obtención de la ciudadania eslovena correspondientes, que luego se envían a las unidades administrativas o al Ministerio del Interior de la República de Eslovenia.

Las tasas consulares ascienden a:

  • para la inscripción de nacimiento - gratuito,
  • para la solicitud de inscripción de la ciudadanía (un padre esloveno para personas hasta 36 años) - 26 EUR,
  • para la admisión y liberación de la ciudadanía (naturalización excepcional, art. 13) - 354 EUR,
  • para la emisión de una resolución declarativa sobre ciudadanía o renuncia (tramite de »averiguacion«) - 181 EUR.

Trámites en la Embajada

Aconsejamos a los solicitantes dirigir las preguntas sobre los requisitos para obtener la ciudadanía eslovena a las instituciones oficiales de la República de Eslovenia (en particular el Ministerio del Interior de la República de Eslovenia, la Oficina del Gobierno de la República de Eslovenia para eslovenos por el mundo, las Embajadas de la República de Eslovenia, y las Unidades Administrativas). Debido al riesgo de posibles abusos y fraudes, no recomendamos obtener información en otros sitios web no oficiales o con personas del ambito privado que ofrecen servicios de gestión y obtención de la documentación para la tramitación de la ciudadanía de la República de Eslovenia.

La ciudadanía de la República de Eslovenia se puede obtener por origen esloveno, nacimiento en Eslovenia o por naturalización.

En la oficina consular de la Embajada se pueden realizar los siguiente tramites: inscripción de nacimiento, inscripción de la ciudadanía (según los artículos 5 y 6 de la Ley de ciudadanía), reconocimiento de la ciudadanía o naturalización excepcional (según el artículo 13 de la Ley de ciudadanía)

El solicitante o su representante legal ha de completar y firmar los formularios de solicitud correspondientes, obligatoriamente en versión eslovena. Los formularios se presentarán junto con la documentación requerida (si es emitida por un país extranjero: legalizada con el sello Apostille, y traducida al esloveno por un traductor público). Conjuntamente se deberán cumplir los demás requisitos que correspondan según la solicitud presentada.

Importante: El trámite sólo se aceptará en su totalidad (formularios completos, documentos, traducciones, requisitos, y pago de la tasa consular).

La oficina consular atiende al público exclusivamente por turnos que deberán ser solicitados previamente por teléfono o correo electronico.

Inscripción de nacimiento o ciudadanía

Los niños nacidos en el extranjero con 1) dos padres eslovenos o 2) uno de los padres esloveno, pueden ser inscritos en el registro como ciudadanos eslovenos (es decir, de acuerdo a la voluntad expresada por sus padres, que sus hijos sean ciudadanos eslovenos). En el caso de que solamente uno de los padres sea esloveno, la inscripción de ciudadanía se puede tramitar hasta los 36 años.

En el caso de menores de entre 14 y 18 años, también se requiere su consenso para que sus padres le inscriban como ciudadano esloveno (según artículo 8 de la Ley de ciudadanía).

Reconocimiento de ciudadanía

El trámite de reconocimiento o de averiguación de la ciudadanía está vinculado con las circunstancias específicas de cada uno de los solicitantes y se puede aplicar cuando el solicitante no está seguro si él o sus padres son ciudadanos eslovenos, por distintos motivos (porque emigraron hace décadas, o no están inscriptos en los libros de ciudadanos eslovenos o no están inscriptos en el registro central, etc). En estos trámites un agente oficial en Eslovenia realiza la averiguación respecto de la ciudadanía del solicitante según la legislación vigente en el territorio de la República de Eslovenia desde su nacimiento hasta el momento que se realiza dicha averiguación. El trámite puede demorar, porque se analiza la legislación antigua y todas las circunstancias personales. Al final, el agente oficial expide una resolución "ODLOČBA" (en caso positivo, el solicitante ya tiene la ciudadanía eslovena y se lo reconoce como tal, en caso negativo, el solicitante no tiene la ciudadanía eslovena y en general, le queda la opción de presentar su solicitud a través del trámite de naturalización excepcional según el artículo 13 de la Ley de la ciudadanía).

En caso de los solicitantes mayores de 18 años, nacidos en Eslovenia o en caso que ambos padres tengan la ciudadanía eslovena, se puede hacer la solicitud de reconocimiento de ciudadanía para personas nacidas en Eslovenia y para hijos de ambos padres eslovenos, mayores de 18 años.

Naturalización extraordinaria (artículo 13)

El solicitante de origen esloveno hasta la segunda generación, mayor de edad, puede presentar una solicitud para la obtención de la nacionalidad en virtud de una naturalización excepcional por motivos nacionales. En este caso el Gobierno de la República de Eslovenia en base a la documentación presentada y recomendaciones de los órganos eslovenos (Urad za Slovence v zamejstvu in po svetu  - Oficina Gubernamental para los eslovenos por el mundo) realiza las averiguaciones y constata el interés del Estado por motivos nacionales.

Es muy importante que el solicitante pruebe claramente:

  • su vínculo activo y personal con Eslovenia (de varios años), y
  • su participación activa de al menos 5 años dentro de las asociaciones eslovenas, escuelas de lengua eslovena u organizaciones eslovenas de compatriotas eslovenos en el mundo. 

El solicitante deberá respaldar sus declaraciones presentando documentación traducida al esloveno (entre otras, por ejemplo, una declaración de la organización/asociación eslovena con descripción de sus actividades dentro de la misma y las fechas correspondientes).

Legalizaciones

La Embajada realiza certificaciones de firmas en documentos particulares, públicos y en fotocopias para el uso de algunos trámites en la República de Eslovenia.

Con la legalización del documento público se confirma la autenticidad de la firma y la autenticidad del sello del documento. En los documentos particulares se confirma la autenticidad de la firma de quien firmó el documento.  Con la certificación no se confirma la veracidad del contenido del documento.

La Embajada no cuenta con autorización notarial, por ello, no legaliza documentos que requieran de certificaciones judiciales o notariales, como por ejemplo, acuerdos de compraventa.

Para tramitar legalizaciones es necesario solicitar un turno en la oficina consular y pagar la tasa consular correspondiente.

Documentos públicos

Argentina, Chile, Paraguay, Perú, Uruguay son firmantes del convenio de La Haya sobre el despacho de legalizaciones de documentos extranjeros de 5. 10. 1961. Esto significa que los documentos provenientes de estos países hay que legalizarlos con el sello Apostille, que se obtiene en los organismos competentes (la Embajada de la República de Eslovenia no es un órgano competente para la emisión del sello Apostille). Con este sello, el documento es aceptado automáticamente en Eslovenia.

Los mismos procedimientos se aplican en sentido contrario a los documentos eslovenos requeridos en los procedimientos administrativos en Argentina, Chile, Paraguay, Perú y Uruguay.

Elecciones y referendos

La información sobre el voto desde el extranjero está disponible en el sitio web de la Comisión Nacional Electoral (en esloveno).

Pueden encontrar información general sobre el derecho a votar en el apartado: Votantes y registro de derecho a votar (en esloveno).

Obtención del certificado digital SIGEN-CA

El certificado digital para personas físicas SIGEN-CA puede ser obtenido por personas mayores de 15 años que tengan un número de identificación fiscal esloveno y EMŠO. El certificado digital tiene una validez de cinco años.

En el caso de personas con discapacidades, la solicitud puede ser presentada por su representante autorizado. Los eslovenos en el extranjero pueden presentar una solicitud de certificado digital para ciudadanos en el extranjero en una misión diplomática u oficina consular.

La información sobre el certificado está disponible en el sitio web del Centro Nacional de Servicios de Confianza SI-TRUST (en esloveno).