COVID-19: medidas para ingreso a Eslovenia
Toda la información actualizada sobre los cruces fronterizos se encuentra en la página oficial del Gobierno de la República de Eslovenia (en esloveno).
Podrá ingresar a la República de Eslovenia sin necesidad de realizar cuarentena, toda persona que cumpla con la condición Recuperados-Vacunados-Testeados (condición RVT).
La condición RVT se cumple si la persona presenta alguna de las siguientes pruebas:
1- Resultado negativo de una prueba PCR de no más de 72 horas desde la toma de la muestra o de un test de antígenos rápidos (TAR) de no más de 48 horas desde la toma de la muestra;
2- Certificado COVID digital de la UE, en formato digital o impreso, junto con su código QR (CCD UE);
3- Certificado COVID digital de terceros países, en formato digital o impreso, junto con su código QR, que contenga la misma información que el CCD UE, y que haya sido emitido en idioma inglés por la autoridad sanitaria competente de dicho país;
4- certificado de vacunación contra el COVID-19, mediante el cual la persona acredite que ha recibido:
- segunda dosis de las vacunas:
- Comirnaty de Biontech/Pfizer,
- Spikevax (Vacuna COVID-19) de Moderna,
- Sputnik V del Centro Nacional de Epidemiología y Microbiología Gamaleya, Rusia,
- CoronaVac de Sinovac Biotech,
- Vacuna COVID-19 Vaccine de Sinopharm,
- Vaxzevria (COVID-19 Vaccine) de AstraZeneca,
- Covishield del Serum Institute de India/AstraZeneca,
- una combinación de dos de las vacunas enumeradas anteriormente.
En estos casos, el certificado de vacunación se obtiene inmediatamente después de recibir la segunda dosis;
- la primera dosis de la vacuna COVID-19 Vaccine de Janssen de Johnson & Johnson/Janssen-Cilag.
En este caso, el certificado de vacunación se obtiene el día de la vacunación;
5- resultado positivo de una prueba PCR de más de 10 días (a menos que el médico determine lo contrario) y no más de 240;
6- certificado médico que corrobore haber transitado la enfermedad del COVID-19, al cual se hace referencia en el punto 5, y certificado de vacunación contra COVID-19 que demuestre que la persona ha recibido una dosis de las vacunas enumeradas en el primer apartado del punto 4, dentro de un plazo no superior a 240 días desde la recepción del resultado positivo de la prueba de PCR o desde el inicio de los síntomas.
Se considerará que la persona se encuentra "protegida" desde el día de la vacunación.
Se considerará válida toda prueba de PCR realizada en un Estado miembro de la Unión Europea, un Estado miembro del espacio Schengen, Australia, Bosnia y Herzegovina, Israel, Turquía, Canadá, Nueva Zelanda, Rusia, Serbia, el Reino Unido de Gran Bretaña, Irlanda del Norte, o los Estados Unidos de América.
Si la prueba de PCR se realiza en un país que no figura en la lista, se la considerará válida siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones:
• que contenga al menos la misma información que una prueba de PCR realizada en un Estado miembro de la Unión Europea o el espacio Schengen: nombre, apellido, identificador único de la persona (número de identidad, número de seguro médico, número de pasaporte, u otro documento del país, fecha de nacimiento u otro identificador similar), información sobre el tipo de prueba (fabricante, fecha y hora del hisopado), información sobre el emisor del certificado, así como también la fecha de emisión del certificado, y
• que contenga un código QR de acuerdo con los estándares y sistemas tecnológicos, compatibles con el sistema europeo de Certificados COVID Digitales, y
• que permita verificar la autenticidad, validez e integridad del certificado de la misma manera que un Certificado COVID Digital Europeo.
Se considerará válido todo TAR realizado en un Estado miembro de la Unión Europea, un Estado miembro del espacio Schengen, Australia, Bosnia y Herzegovina, Israel, Turquía, Canadá, Nueva Zelanda, Rusia, Serbia, el Reino Unido de Gran Bretaña, Irlanda del Norte, o los Estados Unidos de América.
Si el TAR se realiza en un país que no figura en la lista, se lo considerará válido siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones:
• que contenga al menos la misma información que una prueba de PCR realizada en un Estado miembro de la Unión Europea o el espacio Schengen: nombre, apellido, identificador único de la persona (número de identidad, número de seguro médico, número de pasaporte, u otro documento del país, fecha de nacimiento u otro identificador similar), información sobre el tipo de prueba (fabricante, fecha y hora del hisopado), información sobre el emisor del certificado, así como también la fecha de emisión del certificado, y
• que contenga un código QR de acuerdo con los estándares y sistemas tecnológicos, compatibles con el sistema europeo de Certificados COVID Digitales, y
• que permita verificar la autenticidad, validez e integridad del certificado de la misma manera que un Certificado COVID Digital Europeo.
Independientemente del país de emisión, el TAR será válido si figura en el listado común de test de antígenos rápidos.
El certificado de vacunación (mencionado en el punto 4) podrá ser:
- una tarjeta emitida por el fabricante de la vacuna, o
- un registro en la libreta de vacunación, o
- certificado de vacunación, también en forma de tarjeta, recibido por la persona al momento de la vacunación.
Las personas vacunadas también podrán imprimir su certificado de vacunación a través del portal zvem.eZdrav.si (acceso con certificado digital) o smsPASS.
Aquella persona que no proporcione una de las pruebas enumeradas anteriormente deberá cumplir 10 días de cuarentena en su hogar.
Si la persona fuese un extranjero sin residencia en Eslovenia, se le permitirá el ingreso siempre y cuando demuestre de manera inequívoca que tiene un lugar garantizado donde realizar la cuarentena de 10 días. Caso contrario se le negará el ingreso al país.
Cada viajero que ingresa via aérea o marítima debe completar el Formulario europeo de localización digital de pasajeros (dPLF) (si ingresa via aerea): https://app.euplf.eu/#/